UNIVERSIDAD
NACIONAL EXPERIMENTAL
DE
LOS LLANOS OCCIDENTALES
EZEQUIEL
ZAMORA
UNELLEZ
– BARINAS
Profesora:
w Peña
Ana Iris
Contaduría Pública
VI Semestre
Sección: F – 01
Fin de Semana Autores:
w Cuadros
Riggi CI: 20.924.398
w Rangel
Catherine CI: 21.169.122
w Rondón
María CI: 20.600.058
El sistema financiero evoluciono en
consonancia a la dinámica de la actividad económica, se inicio como banca
comercial para financiar la importante actividad de exportación agrícola de las
casas comerciales europeas del siglo XX y se diversifica por industrialización
para la situación de importaciones. La actividad comercial estipulada por el
ingreso petrolero impulso el crecimiento de la banca comercial y los procesos
de urbanización, de construcción de infraestructura pública, la
industrialización y diversificación económica permitiendo la aparición gradual
de la banca hipotecaria de inversión, arrendamiento financiero, entidades de
ahorro y préstamo, fondos de activos líquidos y fondos mutuales. En la década
de los años cuarentas del siglo XX aparecen las instituciones reguladoras del
sistema, Banco Central de Venezuela y Superintendencia de Bancos e otras
Instituciones Financieras, institucionalizándose la supervisión y
reglamentación del funcionario de las entidades bancarias. El sistema
financiero Venezolano se estructura bajo el concepto de Banca Comercial hasta
la década de noventa, la crisis bancaria de 1994, impacta un sistema financiero
vulnerable por su levada concentración y descapitalización, obligando a la
restructuración del mismo mediante dos elementos novedosos para el sistema
financiero: la Banca Universal y Inversión Extranjera del Sector Bancario.
Actualmente el
sistema financiero venezolano, está adecuado al diseño de la
economía de mercado, pueden señalarse como elementos fundamentales:
w Primacía del sector bancario como mecanismo de
financiamiento.
w Concentración en pocas y muy grandes instituciones
financieras.
w Dominio del sector privado sobre el sector
financiero.
w Participación de la inversión extranjera en el
sector.
w Elevados niveles de ganancia.
El
Sistema Financiero Nacional está conformado por el conjunto de instituciones
Financieras públicas, privadas,
comunales y cualquier otra forma de organización que operan en el sector
bancario, en el sector asegurador, el
mercado de valores y cualquier otro
sector o grupos de instituciones financieras que a juicio del órgano rector
deba formar parte de este sistema. También se incluyen las personas naturales y
jurídicas usuarias de las instituciones financieras que integran el mismo.
Por medio del sistema financiero nacional se
han dictado normas aplicables a estos tipos de instituciones que integran el
sistema y si las han adoptado para el cumplimiento de los principios de las
grandes entidades financieras, ya que el sector bancario está constituido por
el conjunto de instituciones y el sector asegurador está integrado por las
empresas.
Las sanciones establecidas en la ley orgánica
del sistema financiero nacional serán impuestas y liquidadas por el O.S.F.I.N,
de acuerdo con el procedimiento establecido. Las sanciones indicadas en esta
ley será aplicaran sin menoscabo de las acciones penales y civiles a que
hubiera lugar, así como solicitar la indemnización por daños y perjuicios que
pudiera determinarse y por falta, negligencia o imprudencia. Están sujetas al
régimen sancionatorio, los funcionarios de los entes de regulación y las
personas naturales y jurídicas.
La intermediación financiera consiste en los
vínculos de carácter obligatorio entre los sectores que integran el sistema y
las actividades de la economía real, popular y comunal a fin de impulsar la
producción nacional en atención a los planes de desarrollo y también consiste
en la colocación del recursos obtenidos a través de los depósitos del público o
de otras fuentes permitidas por esta ley. Los entes reguladores del sector
bancario es la Superintendencia de las instituciones del sector bancario y está
bajo la vigilancia y coordinación del órgano superior del sistema financiero
nacional.
El sector bancario está constituido por
instituciones públicas como privadas tanto bancarias y no bancarias.
Las bancarias son;
w Banco
universal: Son las instituciones que realiza todas las operaciones de
intermediación financiera y sus servicios conexos.
w Banco
microfinanciero: Su objetivo es fomentar, financiar o promover las actividades
de producción de bienes y servicios de las pequeñas empresas industriales y
comerciales de la economía popular y alternativa.
w Instituciones
bancarias regionales: Son aquellas instituciones autorizadas por la
Superintendencia del sector bancario que cumplan los siguientes requisitos:
ü Tener
su asiento principal y sus oficinas no se deben concentrar n más de un tercio en
zonas fueras del área metropolitana de Caracas, Guarenas, Guatire, san Antonio
de altos, carrizal, los teques, los valles d tuy y en el estado Vargas. La
mayoría de los miembros de su juntas directivas deben estar domiciliados en el
estado que le sirva de sede, deben destinar más del 40 % de los recursos que
capten al financiamiento de actividades económicas.
Las instituciones no
Bancarias son:
w Casas
de cambio; tiene por objeto realizar operaciones de cambio vinculadas a los
servicios de encomienda electrónica y aquellas operaciones cambiaras que hayan
sido autorizadas por el Banco Central de Venezuela.
w Operador
cambiaro fronterizo; tiene por objeto la compra y venta de divisas en efectivo,
con las limitaciones que el Banco Central de Venezuela.
w Otras
instituciones no bancarias; como las personas naturales o jurídicas que preste
servicio financieros o auxiliares a las instituciones bancarias, casas de
cambio y operadores cambiarios fronterizos.
Las instituciones del sector
bancario están sometidas a las normas contables dictadas por la
Superintendencia de dicha institución. Las
instituciones del sector bancario están obligadas a suministrar toda la información requerida por la
Superintendencia de las Instituciones del sector bancario y de otros entes de
regulación del sector, como son; un balance general y estado de resultado de
cada mes, como los Estados Financieras de manera semestral, Estos documentos
deberán ser publicados conforme lo establezca el Manual de Contabilidad emanado
de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario. Los estados
financieros e indicadores serán publicados en un diario de circulación
nacional, dentro de los primeros quince (15) días continuos siguientes a su
cierre mensual, trimestral y semestral. Las casas de cambio solamente
publicarán los estados financieros, dentro de los primeros quince (15) días
continuos siguientes al Cierre del ejercicio anual.
El Sigilo bancario es el
derecho todo ciudadano al secreto y a la correlativa obligación para el banco
de no relevar a terceros las informaciones recibidas en el ejercicio de su
actividad, su límite está constituido por la obligación del banco de entregar
informaciones y su fundamento en motivos superiores de orden publico siendo
lícito.
El encaje legal también es
denominado coeficiente de caja, el encaje legal bancario es el porcentaje del
dinero de un banco que debe ser mantenido en reservas liquidas, solo las autoridades
monetarias de cada país puede establecer el porcentaje mínimo de reservas que
todas entidades financieras deben cumplir. El verdadero propósito del encaje es
el de jerarquizar a los depositantes y ahorradores la posibilidad de retirar
sus recursos en caso de que la soliciten.
Las instituciones bancarias destinaran del aporte social el 5% del
resultado bruto ante del impuesto, al cumplimiento de la responsabilidad social
que financiara proyectos de los consejeros comunales u otras formas de
organización social de las previstas en el marco jurídico vigente. En el Art.
48 se encuentra bajo la denominación aporte social y está ubicado dentro dl
capítulo III titulado aplicación de las utilidades del título IV de la Ley de
Instituciones del Sector Bancario, se trata de una obligación de carácter
legal. Su incumplimiento es sancionado con multa del 1% al 3 % del capítulo
Social de contenido económico o pecuniario 5% del resultado bruto ante el
impuesto.
Las instituciones del Sector
Bancario no está sujeta al Impuesto del Valor Agregado así está establecido en
el Articulo 16 de la Ley que establece el Impuesto del Valor Agregado, como
también están exentas del Impuesto sobre la Renta las entidades bancarias
publicas así lo establece en el Art. 14 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta.
Los tipos de sanciones que
establece la Ley de Instituciones del Sector Bancario son: Administrativas y
Penales
Las sanciones
administrativas son las siguientes:
w Realización
de actividades ajenas a su objeto.
w Deficiencias
en su dirección y administración.
w Composición
del capital social y suficiencia patrimonial.
w Irregularidades
en las operaciones.
w Revelación
de la información.
w Suministro
de información.
w Sanciones
de las otras instituciones no bancarias.
w Sanciones
a los representantes de instituciones bancarias del exterior en el país.
w Falta
de pago del aporte de fondo de protección social de los depósitos bancarios.
w Responsabilidad
personal por falta de pago del aporte al fondo de protección social de los depósitos
bancarios.
w Sanciones
a las personas naturales responsables de la infraestructura.
Serán
sancionados con Penales los siguientes casos:
w Captación
indebida.
w Aprobación
indebida de crédito.
w Aprobación
o distracción de recursos información falsa para realizar operaciones
bancarias.
w Información
financiera falsa.
w Simulación
de reposición de capital.
w Incumplimientos
de los auditores externos.
w Oferta
engañosa.
w Información
falsa de fidecomiso.
w Contravenciones
contractuales.
w Revelación
de información.
w Difusión
de información privilegiada.
w Fraude
electrónico.
wApropiación
de información por medios electrónicos.
w Difusión
de información falsa.
w Cierre
indebido de oficinas e interrupción de servicio al público.
w Pena
accesoria.
w Falso
testimonio.
Artículo 192: Las sanciones aplicables en cada
caso por la comisión de infracciones se determinarán en base a los siguientes
criterios:
w La
naturaleza y entidad de la infracción.
w La gravedad
del peligro ocasionado o del perjuicio causado.
w Las
ganancias obtenidas, en su caso, como consecuencia de los actos u omisiones
constitutivos de la infracción.
w La
importancia de la institución del sector bancario correspondiente, medida en
función del importe total de sus activos sobre el total de activos del sector
bancario.
w Las
consecuencias desfavorables de los hechos para el sistema financiero o la
economía nacional.
w Hacer
participar o utilizar a otras instituciones financieras en la comisión de las
infracciones.
w La
obstaculización de las investigaciones de la Superintendencia de las
Instituciones del Sector Bancario o de cualquier otro órgano de la
Administración Pública.
w La
circunstancia de haber procedido a la subsanación de la infracción por propia
iniciativa.
w En el caso
de insuficiencia patrimonial, las dificultades objetivas que puedan haber
concurrido para alcanzar o mantener el nivel legalmente exigido del patrimonio.
w La conducta
anterior de la institución del sector bancario en relación con las normas que
le afecten, atendiendo a las multas que le han sido impuestas, durante los
últimos cinco años.
w
Cualquier otra circunstancia debidamente motivada, que a juicio del Superintendente,
se considere como atenuante o agravante de la falta cometida.
Una aseguradora es una
empresa especializada en el seguro, en el cual existe la obligación de prestar
un servicio o el pago de una cantidad de dinero en caso d que ocurra un
acontecimiento futuro e incierto y que no depende exclusivamente de la voluntad
del beneficiario, a cambio de una contraprestación en dinero, es el desarrollo
del derecho de seguro que es supervisado y controlado por el Estado a través de
la Superintendencia de la Actividad Aseguradora.
Los actores que intervienen en la actividad
aseguradora se clasifican en dos grupos:
w Grupo
A; las empresas de seguro, las de reaseguro, las sociedades de corretaje de
seguro, las de reaseguro, las oficinas de representación o sucursales de
sociedades de corretaje de reaseguro domiciliada en el exterior, las
asociaciones cooperativas que realicen operaciones de la actividad aseguradora,
las empresas que se dediquen a la medicina prepagada, las empresas cuyo objeto
sea el financiamiento de las primas de seguro, las empresas dedicadas al ajuste
de perdidas, las empresas de peritaje avaluado y las empresas dedicadas a la inspección
de riesgo.
w Grupo
B; los auditores externos, los agentes de seguro, los corredores de seguro, los
inspectores de riesgo, los peritos avaluadores, y los ajustadores de perdidas.
Se entiende por
intermediarios de la actividad aseguradora las personas que contribuye en su meditación
para la celebración y asesoría de los contratos, solo podrá realizar gestiones
de intermediación en operaciones de la actividad aseguradora, las personas
autorizadas por la superintencia de la actividad aseguradora.
Las reservas de la actividad
aseguradora permiten determinar la capacidad de la entidad aseguradora para hacer
frente a sus obligaciones actuales o eventuales contraídas en virtud de su actividad
y se constituye como fuente principal para atender el pago de las mismas, las
reservas técnicas tiene una gran importancia dentro de la actividad
aseguradora, porque les permiten a las compañías evaluar su capacidad para
afrontar sus obligaciones originadas en sus contratos de seguro.
El riego es cualquier circunstancia
por el azar que puede ocasionar algún daño, se denomina siniestro al riesgo
real, todos los seres humanos estamos expuestos a una amplia variedad de riesgo
pero las actitudes que se pueden tomar ante las diferentes situaciones son la
de una actitud de indiferencia, de prevención o de previsión
Los actores de la actividad
aseguradora deben llevar unos modelos sobre el procedimiento de contabilización,
que tiene por objetivo aclarar las dudas que se pudieran presentar, estos
modelos son de aplicación obligatoria por parte de las instituciones, incluyen
los registros más importantes relacionados con algunas operaciones, los modelos
de contabilización son:
w Ventas
de Bienes a plazo.
w Operaciones
de reparto.
w Arrendamiento
financiero.
w Cartas
de créditos emitidas por las instituciones.
w Cartas
de créditos confirmadas por las instituciones.
w Adquisición
de inversiones en títulos valores mantenidos hasta su vencimiento.
w Traspaso
de los derechos y participaciones sobre títulos o valores a las cuentas de
pasivo.
Las instituciones
financieras sujetas al control y supervisión de la Superintendencia de Bancos y
otras instituciones financieras deben elaborar los siguientes estados
financieros en la periodicidad indicando en forma mensual lo siguiente:
w Balance
general de publicación.
w Estado
de resultado de publicación.
w Balance
general.
w Estado
de resultado.
En forma semestral al 30/6 al 31/12.
w Estado
de flujo de efectivo.
w Estado
de cambio en el patrimonio.
En
la actividad aseguradora el margen de solvencia es el conjunto de recurso
constituido por patrimonios propios no comprometidos que como mínimo debe tener
las entidades de seguros y reaseguros para poder operar, dando así una solvencia
suficiente en caso d posibles desviaciones de siniestralidades, garantizando así
sus compromisos con sus aseguradores. La ley de A.A (art. 63) define el margen
de solvencia como la cantidad necesaria de recursos, para cumplir aquellas
desviaciones técnicas financieras o económicas que afecten los resultados de
las empresas de seguros, de reaseguro y de medicinas prepagadas, para así
cumplir sus compromisos con los contratos que permiten actualizar el margen de
solvencia al carácter dinámico de la actividad aseguradora.
Las empresas de seguro deben
tener un patrimonio propio no comprometido, que no debe ser en ningún caso
inferior al margen de solvencia que establezcan las normas prudenciales de la
SUDESEG (art. 64). Así mismo deberán publicar trimestralmente el margen de
solvencia y el patrimonio no comprometido en la prensa nacional, según las
normas prudenciales establecidas por la SUDESEG.
Los aportes sociales de las empresas
de seguros y las medicinas prepagadas están obligados a ofrecer y suscribir contratos
de seguros y planes de servicios de salud que proteja a los jubilados,
pensionados adultos, personas con discapacidad, personas con enfermedades físicas
o mentales, siempre y cuando sus ingresos mensuales no sean inferior a 25 U.T, también
son destinadas a proteger riesgo como enfermedades, odontología, servicios
funerarios y accidente personales de igual manera los intermediarios de seguro
esta obligados a colaborar a la comercialización de los seguros y planes
solidarios de salud por medio de un descuento en las comisiones a estos
productos también las empresas de seguros y medicinas prepagadas esta obligadas
a facturar un aporte anual de 1 % del monto de las primas de las pólizas de
seguro y planes de salud, destinado al fondo del sistema público nacional de
salud. De igual manera las empresas de seguro y de medicinas prepagadas no podrán
negarse a suscribir las pólizas de seguros o planes de servicio de salud
solidarios.
La actividad aseguradora no está sujeta al
pago del IVA así los está establecido es la Ley que establece el Impuesto al
Valor agregado en el articulo 16 numeral 5 nos dice; no estará sujeto al
impuesto previsto en esta ley; las operaciones de seguros, reaseguros y demás operaciones
realizadas por las sociedades de seguro y reaseguro, los agentes de seguro, los
corredores de seguro y sociedades de corretaje, los ajustadores y demás auxiliares
de seguros, de conformidad con lo establecido en la ley que regula la materia.
También están exentas al
pago de Impuesto sobre la renta así está establecido en la Ley de Impuesto Sobre
la Renta en el articulo 14 numeral 5 nos dice; Están exentos del impuesto Los aseguradores
y sus beneficiarios, por indemnizaciones que reciban en razón de contratos de
seguros; pero deberán incluirse en los ingresos brutos aquellas que compensen
perdidas que hubieren sido incluidas en el costo o en las deducciones.
Las sanciones que establece la Ley de la
Actividad Aseguradora en el título IV capítulo I nos indica hay sanciones
administrativas y penales, las sanciones administrativas serán pagadas con
multas desde 1.000 U.T hasta 14.000 según sea la gravedad de la infracción, el
grado de responsabilidad del infractor y el daño causado, en caso de
reincidencia, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora aplicara la multa
máxima correspondiente a la falta, y las sanciones penales serán pagados con prisión
de 2 a 6 años según sea el grado del delito. Estas sanciones son aplicadas a
las empresas de seguro, empresas de reaseguro, a las medicinas prepagadas, los
agentes de seguros, los corredores de seguros, las sociedades de corretaje de
seguros y las de reaseguro, las oficinas de representación o sucursales, las
empresas de reaseguro del exterior, los auditores externos, los actuarios
independientes, los inspectores de riesgo, los peritos evaluadores, los
ajustadores de perdida, las asociaciones cooperativas que realicen operaciones
de seguro, las empresas que se dediquen a la medicina prepagada, y aquellas
empresas cuyo objeto sea el financiamiento de primas de seguro.
buenas tardes, en relacion a lo que la actividad aseguradora realiza, estamos de acuerdo con lo planteado por los compañeros maria,Riggi y catherine, la aactividad asegurdora se debe regir por las leyes y normativas de la superintendencia de la actividad aseguradora, pues sin una base legal no habria un control. cabe destacar que dentro de la parte aseguradora existe una variabilidad de riesgos que se caracteriza cada uno segun se estipule en cada articulo segun lo determine ya sea en la parte de seguros, reaseguros, o medicina integrada.
ResponderEliminarla realidad que se vive en el pais en relacion a el sistema financiero nacional ha afectado todo, el plan presupuestado no alcanzo a satisfacer las necesidades del venezolano, la mineda ha sido devaluada, la cesta basica no se consiguen los alimentos de primera necesidad, la salud, existen uno 8.222 casos de chinguta y unos 52.477 de dengue y no se consiguen los medicamentos. El ejecutivo nacional no hya cumplido con el plan patria como se esperaba. la banca esta en una crisis que va decayendo el valor de dolar ha subiudo y la moneda nacional no alcanza
ResponderEliminarme parece bien el ensayo, explicaste muy bien. cabe resaltar que la contabilidad en cuanto a la actividad aseguradora es de gran importancia ya que la contabilidad cumple varias funciones plenamente reconocidas, como son el control del patrimonio y de sus movimientos tanto para un momento determinado como para un periodo señalado dentro del cual puede establecerse su desenvolvimiento rigiéndose por las normas y procedimientos contables.
ResponderEliminarLa Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario está autorizada para acceder, sin restricción alguna a los registros contables de las instituciones del sector bancario en los sistemas electrónicos en cuanto a su evidencia física, correspondencia, archivos, actas o documentos justificados de sus operaciones.
EliminarCabe mencionar que el sistema financiero tiene como función primordial contribuir en el Desarrollo económico del País, donde el Estado debe velar y incentivar a los inversionistas para crear confianzas política y disminuir la tasa de inflación.
ResponderEliminarEn el año 2009 el Gobierno intervino algunos Bancos por irregularidades, donde aprovecho estos hechos para pasarlos a manos del sistema financiero publico para así seguir fortaleciendo la economía del país, pero cabe destacar que la economía del país a decaído en estos últimos años.
buenas tardes, para recalcar un poco sobre el sistema financiero nacional sus estructura son muy importante porque atrás de ellas tienen la facultad de que las instituciones sean publicas o privadas ,comunales forman una organización que realiza un fortalecimiento en el sector bancario y el sector asegurador.
ResponderEliminarSin duda alguna hay ensayos muy bien analizados pero tambien cosas que la Ley nos presentan que en las instituciones bancarias no se cumplen como por decir el sigilo bancario y en la actualidad nuestro pais ah ido decayendo un poco por cuestiones de seguridad tanto de la institucion como del gobierno. es mi pensar
ResponderEliminarla superintendencia de bancos como bien nos dice que rige la parte bancaria y viendo la actualidad deber ir avanzando la economía en el país se esta deteriorando cada vez mas.
ResponderEliminary olvidaron cual era su finalidad al momento que nació en el siglo XX que era para la construcción, infraestructura entre otros fines