sábado, 25 de octubre de 2014

ENSAYO DE CONTABILIDAD ESPECIALES.

COTABILIDAD ESPECIALES

AUTORES:
ü Altuve Kelyn CI 19518964
ü Gatell Carlos H. CI 18860167
ü Hernández Isamar 19024144
VI Semestre. Contaduría Pública
Sección Fs01
Profa: Ana Iris Peña.

ENSAYO DE SISTEMA FINANCIERO NACIONAL, INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO Y ACTIVIDADES ASEGURADORA

¿CUÁL ES LA EVOLUCIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL HASTA LA ACTUALIDAD?
El Sistema Financiero Nacional ha evolucionado respectivamente, porque él tiene como objeto regular, supervisar, controlar y coordinar el sistema, debido a que busca incorporar a los ciudadanos en la participación y supervisión de la gestión financiera.
Además apoyara e impulsara a las Instituciones públicas, privadas y comunales, lo cual genere un país democrático y social de derecho y de justicia. De igual forma se está aprobando en la Asamblea Nacional el Plan de la Nación 2007-2013, donde se derivan una serie de leyes para el ámbito económico y así lograr la soberanía de la Nación.
¿CÓMO SE ESTRUCTURA EL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL, SEGÚN LA LEGISLACIÓN VIGENTE?
El Sistema Financiero Nacional se encuentra estructurado y organizado por una diversa gama de instituciones financieras públicas, privadas, comunales u otras organizaciones dentro del Sector Bancario, Sector Asegurador, Mercado de Valores, entre otros entes financieros. Así mismo se incluyen a personas naturales y jurídicas.
¿QUIÉN ES EL ENCARGADO DE LA RECTORÍA DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL? HASTA TANTO NO SE INSTITUCIONALICE, ¿QUIÉN ASUME LA RECTORÍA?
El Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional OSFIN, es el rector encargado de la Rectoría del Sistema Financiero Nacional, ya que ella está encargada de regular, supervisar, controlar y coordinador el buen funcionamiento de las instituciones. Este Órgano está integrado por el Ministro o Ministra del Poder Popular de Finanzas, Presidente o Presidenta del Banco Central de Venezuela y tres Directores o Directoras.
¿CÓMO SE REGULA LA CONFORMACIÓN DE GRUPOS FINANCIEROS EN LA LEGISLACIÓN VIGENTE?
En la Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional artículo 7, donde se prohíbe la conformación de grupos financieros, de modo que ninguna institución del Sistema Financiero Nacional debe establecer una conexión o asociación con empresas de otros sectores de la economía nacional o grupos financieros internacionales.

¿HAN ADOPTADO LAS NORMAS VEN-NIF LAS ENTIDADES DEL SECTOR BANCARIO Y ASEGURADOR?
Mediante la Resolución N 227.10 de fecha 06 de mayo de 2010, se demostró que el sector bancario y el asegurador cumplieron con las normas VEN-NIF, que se dicto mediante la Resolución N 648.10 de fecha 28 de diciembre de 2010 donde se dispuso la fecha de la Presentación Semestral de los Estados Financieros Consolidados o Combinados, como información complementaria ante la ley.
¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DEL ENTE RECTOR AL REGULAR AL SECTOR BANCARIO, ASEGURADOR Y DE MERCADO DE CAPITALES?
En el Sector Bancario tenemos algunas funciones del ente regulador, las cuales son
a)    Vigilar el adecuado desempeño del sector bancario.
b)    Promover la participación activa de los integrantes del sector en el desarrollo de las regiones.
c)    Garantizar el desempeño eficiente el sector con el adecuado de liquidez y solvencia patrimonial se le permita a la instituciones bancarias la intermediación en la economía real
d)    Promover los cambios necesarios para que faciliten a la persona natural o persona jurídica el acceso al ahorro y financiamiento del mismo, sin ningún tipo de discriminación.
e)    Impedir mediante un control efectivo y permanente en las actividades que puedan cambiar el buen funcionamiento del sector bancario.
En el sector asegurador tenemos algunas funciones las cuales son:
1.    Regular, supervisar y controlar cada persona natural y jurídicas que realicen cualquier operación con el sector a fin de crear un ambiente eficiente, seguro, justo y estable.
2.    Garantizar que la compañía de seguros puedan cumplir en cualquier momento sus obligaciones y los intereses de sus usuarios(as) estén suficientemente protegido.
3.    Prohibir funciones que puedan cambiar al sector asegurador.
Algunas de las funciones del ente de regulación en el sector del mercado de valores son:
a)    El funcionamiento eficiente del mercado de valores dentro de una sana intermediación financiera de los recursos en beneficio de la colectividad.
b)    Proteger a los usuarios(as) del mercado de valores contra emisiones irregulares de títulos de valores, así como de modalidad de fraude o manipulación sobre el precio de su valores o cualquier otro acto que contravengan lo dispuesto en las leyes.
c)    Determinados niveles adecuados de solvencia patrimonial y de liquidez para garantizar la permanencia y sostenibilidad de la empresa.
d)    Si provisiones del patrimonio que resguarden los ahorros de los usuarios.
e)    Asegura el acceso público información sobre los títulos valores, las compañías emisoras y los intermediarios que conforman el mercado de valor.
f)     Determinar irregular límite máximo de comisiones, tarifas y demás emolumentos, por lo intermediario este mercado, con la opinión vinculante del órgano rector del sistema financiero nacional. (OSFIN).
¿QUÉ TIPO DE SANCIONES ESTABLECE LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL, Y A QUIENES SE LE APLICA?
La ley orgánica del sistema financiero nacional establece dos tipos de sanciones pecuniarias y penales a personas naturales o jurídicas y funcionarios de los  entes de regulación, debido a que estas  sanciones establecidas serán impuestas y liquidadas por el órgano superior del sistema financiero nacional. Dentro de las Sanciones pecuniarias pueden ser sancionados miembros del órgano superior de del sistema financiero nacional, cuando suministren datos o información confidencial y el incumplimiento de remitir al OSFIN la información periódica u ocasional, con una multa de 200 unidades tributarias 2000 unidades tributarias según sea la gravedad de la falta.
Mientras que las sanciones penales, serán castigados los representantes legales, administradores, en directores, auditores, los funcionarios y empleados del órgano superior del sistema financiero nacional cuando suministren información falsa sobre operaciones a la situación financiera de las instituciones, tiene actúe para sí u otra persona con  información privilegiada y también cuando emitan certificados u operaciones falsas o ficticias, de modo que pueden ser condenados a prisión de cuatro a ocho años.
¿COMPARE EL SECTOR BANCARIO PÚBLICO Y PRIVADO?
El sector bancario privado es un conjunto de instituciones privadas que se dedican a realizar actividades de intermediación financiera como las casas de cambios y los operadores cambiarios fronterizos. Mientras que el sector bancario público es un conjunto de entidades bancarias donde el Gobierno nacional posee la mayor parte accionaria, es decir, el capital social. Todas las actividades y operaciones del sector público están reguladas por la constitución de la República, Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional, Ley del Banco Central de Venezuela, entre otras.
¿EN QUÉ CONSISTE  LA INTERMEDIACIÓN FINANCIERA? CUALES SON LOS ENTES REGULADOS DEL SECTOR BANCARIO?
La intermediación financiera en un proceso donde las instituciones financieras y bancarias trasladan recursos de los agentes SUPERVITARIOS hacia los agentes deficitarios. La intermediación financiera es clave en el desarrollo económico de un país y produce beneficios para los usuarios.
El ente regulador del sector bancario es la superintendencia de las instituciones del mismo, ya que se encuentra bajo la vigilancia y coordinación del órgano superior sistema financiero nacional (OSFIN).
¿COMO SE CLASIFICAN LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO SEGÚN EL MARCO LEGAL VIGENTE, INCLUYENDO INSTITUCIONES BANCARIAS REGIONALES?
Las Instituciones bancarias se clasifican en: Bancos Universales, Bancos Microfinancieros, Bancos Comerciales, Bancos Hipotecarios, Bancos de Inversión, Bancos de Desarrollo, Bancos de segundo piso, Casas de Cambio, Operador Cambiario Fronterizo, entre otras instituciones no bancarias. También tenemos las Instituciones Bancarias Regionales que deben estar autorizados por la Superintendencia de las Instituciones Financieras del Sector Bancario, las cuales deben cumplir una serie de requisitos, los cuales son:
Tener su asiento principal en zonas fuera del área metropolitana de Caracas, Guarenas, Guatire, San Antonio de los Altos, Carrizal, Los Teques, Valles del Tuy y el Estado Vargas.
Sus oficinas no se deben concentrar en más de un tercio 1-3 del área metropolitana.
La mayoría de los miembros de la Junta Directiva deben estar domiciliados en el estado, de modo que así sirva de sede.
Destinar más del 40 por ciento de los recursos que obtengan para el financiamiento de actividades económicas fuera del área metropolitana.
¿CUÁL ES EL PROCESO DE CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO?
Las Instituciones del sector bancario deben constituirse bajo la forma de sociedad anónima o bajo la forma de organización, debidamente autorizada por el O.S.F.I.N. Mientras ocurre el proceso de la Constitución, el ente regulador estará bajo la responsabilidad de personas naturales llamados organizadores, para la autorización de su promoción.
Así mismo, las instituciones que soliciten su transformación, conversión, fusión o escisión, la cual deben pedir las autorizaciones a la Superintendencia de las Instituciones del sector bancario para su organización y funcionamiento de acuerdo al nuevo tipo de actividad.
¿CÓMO SE ESTRUCTURA EL CAPITAL, RESERVAS Y DIVIDENDOS DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO?
Las acciones constituyen la estructura patrimonial de las Instituciones Bancarias, Casas de Cambios y operadores de Cambio Fronterizo, para poder conformar una Institución bancaria debe haber por lo mínimo diez accionistas. Como todo capital debe existir una reserva legal que por lo mínimo debe ser del 50 por ciento de su capital social.
Las utilidades de las instituciones bancarias que resulten en cualquier ejercicio semestral, después de constituir todas las provisiones y reservas previstas en la mencionada ley.
¿QUE OPERACIONES PUEDEN REALIZAR LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO?
            Se pueden realizar depósitos en moneda nacional o en divisas, el crédito, el fideicomiso, estipulaciones contractuales, las inversiones en títulos valores y cualquier otra modalidad de intermediación propia de la actividad bancaria.
¿CÓMO SE LLEVA LA CONTABILIDAD? ¿CUÁL ES LA INFORMACIÓN CONTABLE Y FRECUENCIA DE ENTREGA?
Toda institución financiera debe presentar ante la Superintendencia de las instituciones del sector bancario lo siguiente:
v  Un balance general y estado de resultado de sus operaciones durante el mes y así informar dentro de los primeros (15) días del siguiente mes.
v  Una relación de indicadores sobre la situación financiera final de cada trimestre, lo cual debe enviarse trimestralmente en los primeros (15) días del próximo mes.
v  Un balance general y estado de resultado semestralmente al final de cada ejercicio.
v  Los estados financieros correspondientes al ejercicio semestral deben ser auditados por contadores públicos, ya que estas auditorias serán realizadas en (90) días continuos.
            La información contable son los estados financieros e indicadores que deben ser publicados en un diario de circulación nacional, dentro de los (15) días del cierre mensual, trimestral y semestral. Pero la superintendencia podrá conceder un nuevo plazo de (7) días cuando sucursales o agencias no puedan enviar la información que necesita la oficina principal.
            La superintendencia tiene todo el acceso a los registros contables de cada institución del sector bancario, de modo que la información de sus operaciones pasivas y activas tengan una frecuencia efectiva,  debido a que la institución debe poseer un sistema automatizado que validen al registro de sus operaciones.

¿EN QUÉ CONSISTE EL SIGILO BANCARIO? ¿QUÉ ES EL ENCAJE LEGAL Y COMO FUNCIONA?
            El sigilo bancario consiste en el secreto o protección de información de los clientes en un banco o institución financiera, debido a que está prohibido que directores y trabajadores no pueden suministrar información de operaciones pasivas y activas de sus usuarios o usuarias, como por ejemplo; solicitar los movimientos de cuenta de otra persona, también están obligados a cumplir con el secreto bancario:
v  La superintendencia y los trabajadores de la superintendencia de las instituciones del sector bancario.
v  Los directores y trabajadores del órgano superior del sistema financiero nacional (OSFIN).
v  Los directores y trabajadores  Del Banco Central De Venezuela.
v  Los directores y trabajadoras de las empresas de auditoría externa.
            El encaje legal consiste en que las instituciones bancarias están sometidas a obligaciones u operaciones de cualquier naturaleza según lo determine el banco central de Venezuela.
            El funcionamiento del encaje reside en el banco central de Venezuela quien determina las tasas, normas de constitución y el cálculo de encaje, para así controlar, informar e imponer sanciones.
¿CUÁL ES EL APORTE SOCIAL DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO, EXPRESADOS EN EL MARCO LEGAL VIGENTE?
         Las instituciones bancarias deben destinar el 5% del “Resultado Bruto Ante de Impuesto” ya que deben tener mecanismos de asignación, ejecución y distribución de los recursos que sirvan para financiar proyectos en consejos comunales u organizaciones sociales dentro del territorio nacional. Así como lo indica el marco jurídico vigente.
¿CUÁL ES EL FUNCIONAMIENTO Y ASPECTOS RELEVANTES ACERCA DEL FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS, TALES COMO SUS OPERACIONES, GARANTÍAS, OTROS?
            El Fondo de Protección Social es un instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, está adscrito al Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de finanzas y su función es el ordenamiento jurídico vigente y de las prerrogativas, privilegio y exenciones de orden fiscal tributario y procesal.
¿CUÁL ES EL FUNCIONAMIENTO Y ASPECTOS RELEVANTES ACERCA DE LA SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO?
         La superintendencia tiene como función la creación de registros de personas naturales y jurídicas responsables para realizar las actividades bancarias en conjunto para la emisión de informes, deberán inscribirse los contadores públicos, las empresas de auditoría externa, comisarios, peritos avaladores entre otros calificados por la superintendencia.
 ¿CUÁLES SON LOS MECANISMOS DE RESOLUCIÓN EXPRESADOS EN EL MARCO LEGAL VIGENTE?
            Los mecanismos de resolución aplicables dentro del marco legal son: la intervención, rehabilitación y liquidación, exclusión del atraso y de la quiebras; suspensión de acciones judiciales y designación de administrador o juntas administradoras en regímenes administrativos especiales.
¿QUÉ TIPO DE SANCIONES ESTABLECE LA LEY DE INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO, Y TIPOS DE INFRACCIONES A LAS QUE SE LE APLICA?
            La Ley de Instituciones del Sector Bancario aplica sanciones penales y administrativas a todas aquellas personas naturales que se desempeñen como administrador o director, consejeros, asesores, consultores, auditores internos y externos, gerentes de área y accionistas que tengan un 5% o más del capital social de dicha institución.
¿QUÉ ASPECTOS RELEVANTES ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DE INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO?
            Los planes de ajustes deben ser presentados dentro de los (30) días continuos desde la aprobación de la transformación del capital mínimo requerido, y se presentaran en un plazo de (180) días continuos más el periodo de prórroga.
¿QUÉ ES LA ACTIVIDAD ASEGURADORA Y QUIEN CONTROLA LA ACTIVIDAD ASEGURADORA?
            La actividad aseguradora es toda relación u operación relativas al contrato de seguro y al de reaseguro, según lo establecido en la Ley especial que regula la actividad. El órgano competente de controlar la actividad aseguradora es la superintendencia de la actividad aseguradora, que es un servicio desconcentrado y con patrimonio propio.
¿CÓMO SE CLASIFICAN LOS ACTORES QUE INTERVIENEN EN LA ACTIVIDAD ASEGURADORA? ¿EN QUÉ CONSISTE LA INTERMEDIACIÓN DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA?
            Se clasifican los actores de la siguientes manera:  las empresas de seguros, las de reaseguros, los agentes de seguros, los corredores de seguros, las sociedades de corretaje de seguros y las de reaseguros, las oficinas de representación o sucursales de empresas de reaseguros extranjeras, las sucursales de sociedades de corretaje de reaseguros del exterior, los auditores externos, los actuarios independientes, los inspectores de riesgos, los peritos evaluadores, los ajustadores de pérdidas, las asociaciones cooperativas que realicen operaciones de seguro, las empresas que se dediquen a la medicina prepagada, las empresas cuyo objeto sea el financiamiento de primas de seguro.
            La intermediación de la actividad aseguradora consiste: Consiste en asesorar al asegurado para que el aviso al asegurador se dé con la mayor brevedad posible dentro del plazo que establece la ley de la misma a fin de que éste pueda comprobar oportunamente la causa del siniestro y las circunstancias de su realización, para que se establezca los trámites necesarios y se declare exactamente los hechos ocurridos enviando hace tiempo a la aseguradora la información lleva documento cuando termina la consecuencia y extensión del siniestro, la actividad de intermediación de seguros no puede ser establecida de una simple intermediación comercial el productor del seguro debe jugar en el mercado asegurador un papel fundamental siendo el primer defensor de los intereses y derechos del asegurado prestando su asesoría no sólo para la celebración de un contrato seguro que satisfaga las expectativas del tomador sino además durante tales del contrato y orientarlo en formulación de sus reclamos
¿CUÁL ES EL PROCESO DE PROMOCIÓN, CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS EMPRESAS QUE INTERVIENEN EN LA ACTIVIDAD ASEGURADORA?
          A conclusión de realizar operaciones como empresa de seguros o de reaseguros, las personas interesadas deben tener la autorización pertinente de promoción, constitución y funcionamiento por parte de la superintendencia de las actividades aseguradoras. La superintendencia de la misma debe presentar al ministro(a) del poder popular con competencia de finanzas un documentación contentivo del análisis técnico, económico y financiero de la situación del país en materia de seguros, establecido por la política generales.
¿QUÉ SON RESERVAS Y EXPLIQUE SUS TIPOS? ¿QUÉ ES  EL RIESGO EN MATERIA ASEGURADORA?
RESERVAS: son beneficios obtenidos por la empresa que forman parte de los fondos propios de dicha organización empresarial y que cumple con la finalidad de hacer frente a las obligaciones con terceros ya que son beneficios que la empresa no ha repartido y permanecen guardados  para ser usados en el futuro, son las utilizadas para pagos de prestaciones así como también para riesgos catastróficos
TIPOS DE RESERVAS
Reservas matemáticas:   se encarga de mantener actualizada y contribuir la vida individual calculada de acuerdo con el reglamento de la actividad aseguradora.
Reserva para riesgos  en curso: cada empresa debe mantener actualizada su reserva para riesgos que se encarguen de mantener los seguros colectivos de vida.
Reservas para prestaciones y siniestros pendientes de pago: esta reserva trabaja directamente con los compromisos pendientes con terceros de la empresa, debe tenerse actualizada mediantes normas específicas para prestaciones y siniestros de pago.
Reserva para siniestros ocurridos y no notificados: es determinada por la experiencia de cada empresa, debe ser trabaja en un 3 % de pasos respectivos o superar el porcentaje según sea la experiencia de la empresa y no puede estar por debajo de las prestaciones y siniestros pendientes.
Reservas para riesgos catastróficos:  se consideran riesgos catastróficos a los daños ocasionados pos disturbios así como también daños naturales como lo ocasionan los terremotos, maremotos y otros, es por esto que esta reserva  se encarga de cubrir la necesidad mediante un 75% del valor de la perdida máxima de la empresa.
Reserva para reintegro por experiencia favorable: trabaja directamente con normas establecidas para el reintegro favorable para las actividades aseguradoras.
¿QUÉ OPERACIONES PUEDEN REALIZAR LA EMPRESA DE SEGUROS Y REASEGUROS?

Operaciones de las empresas de seguros: realizan operaciones de la actividad aseguradora de acuerdo a lo establecido en la ley de esta misma manera realizan actividades de reaseguros.
Operaciones de las empresas de reaseguros: realiza operaciones únicas de reaseguros según la autorización emitida por la ley.

¿CÓMO LLEVAN LA CONTABILIDAD LOS ACTORES DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA? ¿CUÁL ES LA INFORMACIÓN CONTABLE Y FRECUENCIA DE ENTREGA?
            La contabilidad se lleva  de acuerdo a los manuales de contabilidad y códigos de cuentas dictados por dicha actividad aseguradora, refleja las operaciones realizadas por las empresas y las personas.
Información contable: son los balances personales o los estados financieros y que va acompañado de la información contable de personas naturales o jurídicas. La frecuencia de entrega de las empresas de seguros debe realizarse el 31 de diciembre de cada año y las empresas de reaseguros el 30 de junio y de esta misma manera se debe realizar los estados financieros mensuales dentro del lapso establecido.
¿QUÉ ES EL MARGEN DE SOLVENCIA  Y PATRIMONIO PROPIOS NO COMPROMETIDOS?
Margen de solvencia: son los recursos utilizados para cumplir con la desviación técnica, económicas o financieras que afectan a la empresa  es por esto que cada empresa debe contar con un margen de solvencia determinado.
Patrimonio propio no comprometido: toda empresa debe tener un patrimonio propio no comprometido  y este debe ser inferior al margen de solvencia establecido por las normas emitidas por la actividad aseguradora.
¿EN QUÉ CONSISTE LA PARTICIPACIÓN POPULAR EN LA ACTIVIDAD ASEGURADORA?
            Consiste que toda persona tiene el derecho a constituirse en asociaciones, organizaciones de participación popular u organizaciones comunitarias, para colaborar con la defensa de los de los derechos e intereses.
¿CUÁLES SON LOS APORTES SOCIALES DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA EXPRESADOS EN EL MARCO LEGAL VIGENTE?
Seguros y planes solidarios de salud: Las empresas de seguros y la de medicina prepagada están obligada a ofrecer contrato de seguros y planes servicios de salud, para resguardar los jubilados(as), pensionados(as), adultos(as) mayores, personas con discapacidad, a las personas con enfermedades físicas y mentales y aquellas personas cuyos ingresos mensuales no supere equivalente a 25 unidades tributarias (25 U.T), destinados a refugiar riesgos tales como: enfermedades, servicios odontológicos,  servicios funerarios y accidentes personales. Las personas intermediarias de seguros y planes de salud están obligadas a contribuir a la comercialización de seguros solidarios y de planes solidario de salud, aplicando descuento en las comisiones correspondientes a estos productos cuyo porcentaje es establecido por la superintendencia de la actividad aseguradora.
El número policial se dure planes servicios salud, las tarifas y otras condiciones para la comercialización de sus productos serán estipulados por la superintendencia de la actividad aseguradora mediante normas prudenciales teniendo en cuenta otros factores, la proporción de la cartera sujeta regulando dentro el mercado asegurador. Las empresas de seguros de medicina prepagada están en obligación de efectuar una colaboración anual equivalente al 1% del monto de las primas de las pólizas de seguros y planes de salud, destinados al fondo el sistema público nacional de salud conforme con las normas.
Suscripción y comercialización de las pólizas o planes de salud solidaridad: los intermediarios no podrá negarse a comercializar los seguros solidarios con los planes servicios salud del tomador con contratantes cumple con las condiciones establecidas por dichos contratos.
Seguros obligatorios: se consideró obligatorio lo que establece la presente ley y las normas que rigen el sistema financiero nacional los sujetos regulados no podrá negarse la suscripción del contrato que amparen los mencionados riesgos, el incumplimiento en el presente fragmento será sancionada conforme a lo previsto en esta ley.
¿EN QUÉ CONSISTE EL SERVICIO DE LA MEDICINA PREPAGADA? ¿QUÉ SON PLANES SOLIDARIOS DE SEGUROS?
            Consiste en los servicios médicos asistenciales, así como también en el cumplimiento de los requisitos técnicos de dicho labor. 
            Cuando hablamos de planes solidarios, hay que tener en cuenta que esos planes son económicos para las personas aseguradas primordialmente en la parte de salud, ya que los trabajadores (as) cancelan una cuota determinada para poder disfrutar de dicho planes.  
¿QUÉ SANCIONES ESTABLECE LA LEY DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA, Y A QUIENES SE LAS APLICA?
·         Sanciones administrativas
·         Sanciones a los intermediarios :
·         Sanciones a las sociedades de corretaje de reaseguros
·         Sanciones  a los sujetos regulados y comisarios
·         Sanciones penales.

            Estas sanciones son aplicadas a cualquier persona que sin estar autorizada use las palabras seguros, aseguró, empresa de seguros reaseguros, reasegurador y otros, pueden ser multados de 2.000 unidades tributarias a 5.000 unidades tributarias,  existe de esta misma forma las sanciones penales que se aplica a los que se dediquen a las actividades propias de lo anteriormente mencionado y a los que participen en dicho hecho, pueden ser aplicadas a empresas de seguro que incumplan con lo establecido en la ley.
¿CÓMO SE ESTABLECE EL SISTEMA DE PROTECCIÓN AL TOMADOR, ASEGURADO BENEFICIARIO Y CONTRATANTE, SEGÚN LA LEGISLACIÓN VIGENTE?
            Dentro de la ley de la actividad aseguradora, todo tomador asegurado y beneficiario y el derecho a la protección, derecho a la indemnización, notificación de rechazo, obligación de especificar y a la inenunciabilidad de sus derechos, debidos a que son derecho adquirido tales como:
1.    Elegir libremente la empresa de seguros o de medicina prepagada
2.    acceso al sistema seguro sin ningún problema
3.    escoger libremente los proveedores de insumos o servicios
4.    obtención adecuada sobre las pólizas, planes o servicios salud
5.    protección de sus intereses económicos
6.    educación instrucción y orientación sobre la adquisición y utilización de la polizas, planes o servicios de salud
7.    protección contra la oferta de publicidad engañosa o abusiva
8.    constituirse en asociaciones para la representación y defensa de sus derechos.
9.    Formular peticiones, consulta, reclamos y sugerencias
10. recibir el pago por concepto de siniestros o prestaciones
11. ser atendido con celeridad por la empresa de seguros.
12. Solicitar la intervención de la superintendencia de la actividad aseguradora
13. recibir un trato justo, respetuoso, oportuno y vino por parte del funcionario de la superintendencia de la actividad aseguradora
14. se informa de las normas que dicte la superintendencia aseguradora
15. y acceso a los libros de registro

  

5 comentarios:

  1. Buena Noche.. Complementando un pocco en la pregunta de las sanciones que aplica la Ley de la Actividad Aseguradora y a quienes se les aplica, segun la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela publicada el 29 de Julio de 2010 en el Titulo IV Capitulo I.- Las sanciones Administrativas se aplican con Unidades Tributarias y estas a su vez van aumentando dependiendodel delito que se cometa. Por Ejemplo: De (2.000 a 4.000 U.T cuando incumplan con las medidas administrativas como el impedimento y obstaculizaren el ejercicio de las funciones de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora). De (4.000 a 8.000 U.T cuando incumplan los requisitos para obtener y mantener la autorizacion para operar lo que se establece en dicha Ley) De (5.000 a 10.000 U.T cuando realicen operaciones de traspaso de acciones sin previa autorizacion de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora) entre otras. A diferencia de las Sanciones Penales se establecen de 2 a 6 años y se aplican a todos los que intervinieron. Por Ejemplo: al Inspector de Riesgo, Perito, Evaluador, Medico que haya certificado falsamente, los Intermediarios de Seguros, quien coloque o venda seguros o planes de medicina prepagada. entre otros.

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  2. Buenos días cuando hablamos que en Venezuela se tiene Instituciones Bancarias Regionales que están autorizadas por la Superintendencia de las Instituciones Financieras del Sector Bancario, ¿Cuáles son? ¿Dónde están Ubicadas?

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  3. pienso... que la banca ha evolucionado de la mejor manera.. y ira evolucionando mas ya que la demanda de personas para resguardar sus bienes monetarios incrementa cada día mas.

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  4. Buenas noches aportando mas cuando hablamos de Sistema Financiero deberíamos conocer su importancia que tiene, ya que el permite que el dinero circule en la economia, lo cual permite que de realce un sin numero de actividades prospera para un país, finalmente el sistema financiero ayuda a que la política monetaria que de impone un un país tenga éxito.

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  5. Buenas tardes, para complementar, el propósito de un sistema financiero es intermediar entre las personas que necesitan dinero y las personas que lo tienen, o lo que se denomina financiamiento. Asimismo, cumple con la función de ayudar a la circulación eficiente del dinero.

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